PROPÓSITOS DE LA ASIGNATURA - PRIMER PERIODO
PLAN SEMANAL DE CLASE
ACTIVIDADES PROGRAMADAS
ENERO 27 - MARZO 27 DE 2020
NOMINA
CONCEPTO Y GENERALIDADES
La nómina es un documento en el cual
un empleador relaciona salarios, deducciones, valor neto pagado, aportes
parafiscales y apropiaciones de los trabajadores que han laborado en un periodo
determinado, ya sea por semana, década, quincena o mes.
El formato de la nómina contiene lo siguiente:
· 1. Encabezamiento ,
con el nombre del documento y el periodo de pago
· 2. Esquema central,
con dos partes:
Primera parte
- Nombre y cargo del
trabajador
- Días laborados
- Valor devengado
- Deducciones
- neto pagado
- Firmas y
documento de identidad de los empleados.
Segunda parte
- Aportes para
fiscales
- Apropiación para
prestaciones sociales
· Firmas de quien
elabora, revisa y aprueba
· Salario mínimo $877.803
·
Auxilio de transporte $102.854
· Salario mínimo integral $11.411.439 ($8.778.030 de factor salarial y
$2.633.409 de factor prestacional)
· Sueldo Básico: Asignación básica mensual que se le da a la persona.(Trabajador)
·
Auxilio de transporte: tienen derecho al auxilio de
transporte quienes devenguen un salario fijo, igual o inferior a 2 veces el
S.M.L.V (1.755.606)
·
El devengado, es el valor total de
ingresos que obtiene
un empleado en el mes o en la quincena. Este valor está compuesto por el
salario básico + auxilio de transporte + horas extras y recargo + comisiones. y
demás conceptos que originan compensaciones salariales.
Actividad No.01
1. Qué diferencia existe entre salario y sueldo
2. Qué pagos constituyen un salario
3. Qué significa salario en especie y de ejemplos
3. Cómo se liquida el salario básico y el auxilio de transporte?
4. Ingrese a los siguientes enlaces y aclare dudas si es necesario
Algunas empresas dedicadas a las ventas, con el objeto de movilizar a
sus vendedores, les ofrecen un porcentaje sobre el valor total de las ventas
logradas. Por este concepto, las empresas deben liquidar y pagar las comisiones
a sus empleados.
Ejemplo No.
1
En el
almacén de electrodomésticos “El
Parlante”, los vendedores ganan de comisión por ventas un
1,8% sobre el monto mensual de ventas En el último mes sus tres vendedores
vendieron lo siguiente:
Pedro = $ 10.564.000
Juan = $ 14.568.900
Jacobo = $ 18.954.100
Para calcular sus comisiones solo debe entonces multiplicar el
monto vendido por el porcentaje de comisión establecido, que para este caso es
del 1,8%
Comisión
por Ventas = Valor Ventas x %Comisión
Comisión
Pedro = $ 10.564.00 x 1,8%
Comisión Pedro = $
190.152
Comisión
Juan = $ 14.568.900 x 1,8%
Comisión Juan = $ 262.240
Comisión
Jacobo = $ 18.954.100 x 1,8%
Comisión Jacobo = $ 341.174
ACTIVIDAD No. 02
1. En un mes, un trabajador vende mercancías por un valor de $3.230.450 y la comisión pactada es del 2% más un salario básico de $780.000. Hallar el valor de la comisión y el valor del salario a recibir.
2. Un empleado realiza ventas brutas por $5.500.000. de las cuales las deducciones y descuentos ascendieron a $620.000. La comisión pactada es del 3% , salario básico $877.800. Cuál es la comisión a pagar y cuánto será su salario???
3. Un vendedor fue contratado por un S.M.L., además se le pagará 3,5% de comisión sobre ventas netas de $3.580.000.
a. Cuál será el valor de la comisión?
b. Tendrá el trabajador derecho al auxilio de transporte?
c. Cuánto es el salario básico del trabajador?
d. Cuánto es el salario total que recibe el trabajador? (Total devengado)
4. Un trabajador devenga un salario mensual de $920.000, de los cuales realiza ventas por un valor de $4.128.000, cuya devolución en ventas corresponde a $830.000. El porcentaje pactado de comisión es del 5% hallar:
a. Valor de la comisión
b. Valor de las ventas netas
c. Salario básico mensual
d. Tendrá el trabajador derecho al auxilio de transporte
e. Salario Total a recibir (Total devengado)
a. Cuál será el valor de la comisión?
b. Tendrá el trabajador derecho al auxilio de transporte?
c. Cuánto es el salario básico del trabajador?
d. Cuánto es el salario total que recibe el trabajador? (Total devengado)
4. Un trabajador devenga un salario mensual de $920.000, de los cuales realiza ventas por un valor de $4.128.000, cuya devolución en ventas corresponde a $830.000. El porcentaje pactado de comisión es del 5% hallar:
a. Valor de la comisión
b. Valor de las ventas netas
c. Salario básico mensual
d. Tendrá el trabajador derecho al auxilio de transporte
e. Salario Total a recibir (Total devengado)
REMUNERACION TRABAJO
ORDINARIO Y SUPLEMENTARIO (HORAS EXTRAS, DOMINICAL/FESTIVO)
Ø Jornada Ordinaria: La jornada ordinaria de trabajo es la que convengan las partes, o a falta de convenio, la máxima legal
Ø Jornada Ordinaria: La jornada ordinaria de trabajo es la que convengan las partes, o a falta de convenio, la máxima legal
Ø Jornada máxima:
La duración máxima legal de la jornada de trabajo es de 8 horas al día y 48 a
la semana. Salvo a excepciones contempladas en el artículo 161 del CST.
Ø Trabajo diurno es el
que se realiza en el periodo comprendido entre las seis horas (6:00 a. m.) y
las veintiún horas (9:00 p. m.).»
Ø Trabajo nocturno es el
que se realiza en el período comprendido entre las veintiún horas (9:00 p. m.)
y las seis horas (6:00 a. m.).»
Ø Descanso el día sábado: Para el
descanso el día sábado pueden repartirse las cuarenta y ocho (48) horas
semanales de trabajo ampliando la jornada ordinaria hasta por dos (2) horas,
por acuerdo entre las partes, pero con el fin exclusivo de permitir a los trabajadores
el descanso durante todo el sábado. Esta ampliación no constituye trabajo
suplementario o de horas extras.»
Ø Trabajo
extra: El
trabajo suplementario o extra es aquel que excede la jornada laboral ordinaria
del trabajador que se remunera con un recargo que depende del tipo de hora
extra.
ACTIVIDAD No. 03
1. 5:00 p-m a 1:00 a-m
5:00 p-m a 9:00 p.m 4 horas diurnas
9:00 p.m a 1:00 a.m 4 horas nocturnas
2. 3:00 p.m a 11:00 p.m
3. 8:00 a.m a 4:00 p.m
4. 10:00 p.m a 6:00 a.m
5. 7:00 p.m a 3:00 a.m
RECARGO POR TRABAJO NOCTURNO, SUPLEMENTARIO ( HORAS EXTRAS)
1. Hora extra diurna
La hora extra diurna es la se trabaja
después de terminada jornada laboral ordinaria, y en horas del día de 6am
a 9pm con un recargo del 25%.
2. Hora extra nocturna
La hora extra nocturna es la se
trabaja después de terminada jornada laboral ordinaria, y en horas de la
noche de 9pm a 6am con un recargo del 75%.
3. Recargo por trabajo dominical y festivo diurno
Los domingos y festivos son días de
descanso obligatorio remunerado para el trabajador, y si este se ve obligado a
trabajarlos en jornada diurna, se le deben pagar con un recargo del 75%.
4. Recargo por trabajo dominical y festivo nocturno
Los domingos y festivos son días de
descanso obligatorio remunerado para el trabajador, y si este se ve obligado a
trabajarlos en jornada nocturna, se le deben pagar con un recargo del 110%.
5. Recargo por trabajo
extra dominical y festivo diurno
La hora extra diurna dominical y/o festiva es la se trabaja
después de terminada jornada laboral ordinaria, y se debe pagar con un recargo del 100%.
6. Recargo por trabajo extra dominical y festivo nocturno
La hora extra nocturna dominical y/o festiva es la se trabaja
después de terminada jornada laboral ordinaria, y se debe pagar con un recargo del 150%.
7. Recargo por trabajo nocturno
Cuando el trabajador debe laborar en
la noche se le debe reconocer un recargo del 35% por trabajo nocturno, que se
reconoce sobre el valor ordinario de la hora después de las 9:00 de la noche
que termina la jornada diurna
CLASE DE TRABAJO
|
RECARGO
%
|
FACTOR
|
FORMULA
|
Extra diurno ordinario
|
25
|
1,25
|
Valor Hora Ordinaria *1,25 * No. de horas
|
Extra nocturno ordinario
|
75
|
1,75
|
V.H.O.* 1,75 *No. horas
|
Dominical y festivo Diurno
|
75
|
1,75
|
V.H.O.* 1,75 *No. horas
|
Dominical y festivo Nocturno
|
110
|
2,10
|
V.H.O.*2,10 *No. horas
|
Extra diurno festivo y dominical
|
100
|
2,00
|
V.H.O*2,00 *No. horas
|
Extra nocturno festivo y dominical
|
150
|
2,50
|
V.H.O*2,5 *No. horas
|
Recargo Nocturno
|
35
|
1,35
|
V.H.O*1,35*No. horas
|
ACTIVIDAD No. 04
1. Complete
V.H.O ____________________________
V.D.O ____________________________
S.B.M ____________________________
S.M.L.V ____________________________
S.B ____________________________
H.E ____________________________
H.O ____________________________
2. Especifique la jornada laboral e indicar horas extras si las hay con sus respectivos factores
Trabajo diurno es el que se realiza entre (6:00 a.m.) y las (9:00 p.m.).
Trabajo nocturno es el comprendido entre las (9:00 p.m.) y (6:00 a.m.). ARTICULO 160 CST.
Trabajo nocturno es el comprendido entre las (9:00 p.m.) y (6:00 a.m.). ARTICULO 160 CST.
a. 3:00 p.m a 12:00 am Dominical
3:00 p.m a 9:00 p.m 6 horas diurnas ordinarias dominical + factor 1.75
9:00 p.m a 11:00 p.m 2 horas nocturnas dominical + factor 2.10
11:00 p.m a 12:00 a.m 1 hora extra nocturna dominical + factor 2,50
b. 7:00 p.m a 7:00 am Festivo
c. 9:00 p.m a 6:00 am
d. 8:00 p.m a 12:00 am
e. 2:00 a.m a 10:00 am
SEMANA: ABRIL 20 - ABRIL 24 DE 2020
LIQUIDACION HORAS EXTRAS
4. Complemente el tema ingresando al siguiente enlace DEVENGADO
9:00 p.m a 11:00 p.m 2 horas nocturnas dominical + factor 2.10
11:00 p.m a 12:00 a.m 1 hora extra nocturna dominical + factor 2,50
b. 7:00 p.m a 7:00 am Festivo
c. 9:00 p.m a 6:00 am
d. 8:00 p.m a 12:00 am
e. 2:00 a.m a 10:00 am
SEMANA: ABRIL 20 - ABRIL 24 DE 2020
LIQUIDACION HORAS EXTRAS
Valor Hora Ordinaria= SBM Valor Dia Ordinario= SBM
240 h 8h
ACTIVIDAD No. 05
1. Si un trabajador devenga el salario mínimo a cuánto equivale cada hora de acuerdo a la clases de trabajo.
2. Calcule el valor correspondiente al trabajo extra realizado en los siguientes casos y cuánto recibirá mensualmente cada trabajador de salario.(Total Devengado)
- TRABAJADOR A: S.B.M. $ 940.000, Labora 5 horas extras diurnas y 3 horas extras nocturnas
- TRABAJADOR B: S.B.M. $ 1.992.000 Labora 8 horas festivas y 2 horas extras diurnas festivas
- TRABAJADOR C. S.B.M. $ 1.232.000 labora 4 horas extras nocturnas festivas y 6 horas dominical nocturna
- TRABAJADOR D. S.B.M EL mínimo Legal, labora 3 horas extras nocturnas dominicales
- TRABAJADOR E: S.B.M. $880.300, comisión de venta el 7% Por ventas netas de $18.100.000, además labora 5 horas extras diurnas, 2 horas extras diurnas festivas y 4 horas dominical diurno.
3. CONSULTAR:
- Articulo 133 y 134 del código sustantivo de trabajo
- Leer concepto “104544 de abril 21 de 2008” y escriba de que trata
SEMANA: ABRIL 27 - MAYO 01 DE 2020
RECARGO NOCTURNO
El recargo que se debe
pagar por trabajo nocturno es del 35% sobre el valor ordinario de la hora, tal
como lo señala el artículo 168 del código sustantivo del trabajo en su numeral
primero:
«El
trabajo nocturno por el solo hecho de ser nocturno se remunera con un recargo
del treinta y cinco por ciento (35%) sobre el valor del trabajo diurno, con
excepción del caso de la jornada de treinta y seis (36) horas semanales
previstas en el artículo 161 literal c) de esta ley.»
Ese recargo del 35% se
paga independientemente de si el trabajador labora media jornada, jornada
completa, o trabajo extra. Como lo señala la norma, se debe pagar por el solo
hecho de trabajar de noche, claro está, después de las 9 de la noche.
Cálculo
del recargo por trabajo nocturno.
Se ha dicho que el 35%
de recargo se aplica sobre el valor de la hora ordinaria, por tanto, debemos
iniciar por determinar cuánto vale una hora ordinaria, para luego aplicarle el
respectivo recargo.
El valor de la hora
ordinaria se determina dividendo el salario del trabajador entre 240, que son
las horas que se asume tiene el mes para efectos laborales, que sale de
multiplicar 30 días por 8 horas diarias.
Para un sueldo de
$2.400.000 tenemos una hora ordinaria de $10.000 (2.400.000/240), entonces:
Hora ordinaria
|
10.000
|
Recargo del
35%
|
3.500.
|
Valor total de
la hora
|
¿13.500?
|
Respecto
al valor total de la hora que hemos determinado en 13.500, se debe
precisar que tratándose de la jornada laboral ordinaria no es procedente hacer
esa suma, puesto que la hora ordinaria ya está remunerada en el sueldo
del trabajador, en consecuencia, al trabajador solo se le debe pagar el
recargo, esto es, 3.500, pues se repite, los 10.000 ya están remunerados en el
salario mensual del trabajador, pues este fue contratado para que trabajara 8
horas diarias, y por eso se le paga su salario.
Ejemplo 1
Un trabajador X con un sueldo $1.080.000 mensual labora desde las 2 de la tarde hasta las 12 de la noche.
Desarrollo
En este caso, iniciando a las 2 de la tarde, las 8 horas de la jornada
laboral ordinaria se completa a las 10 de la noche, de modo que se laboran 7
horas diurnas y 3 horas nocturnas, pero de las 3 horas nocturnas 2 horas son
extra nocturnas.
Así las cosas el empleado habrá laborado las siguientes horas:
·
7 horas diurnas
·
1 hora nocturna
·
2 extra nocturna
La hora ordinaria no tiene recargo; la hora nocturna tiene un recargo
del 35% y la extra nocturna tiene un recargo del 75%, luego la liquidación
será:
·
1 x 4.500 x 35% (1.35) = $6.075
·
2 x 4.500 x 75% (1.75) = $15.750
Ejemplo 2
Desde las 8 de la noche del sábado hasta las 6 de la mañana del domingo.
SEMANA: MAYO 04 - MAYO 08 DE 2020
DEDUCCIONES
Una vez determinado el valor total que un
trabajador ha ganado en una quincena o en un mes, se procede a restar los
conceptos que por obligación el empleado debe pagar, ya sea a la empresa o a
terceros.
Entre los principales conceptos que pueden
estar a cargo de un trabajador, y que por consiguiente se debe descontar
(deducir) del total devengado, tenemos:
Conceptos que
conforman las deducciones
Legalmente el empleador está autorizado para deducir por nómina los
aportes de los trabajadores para la salud (EPS), pensiones, retención en la
fuente, fondo de solidaridad y embargos
judiciales. Además, previa autorización del trabajador puede descontar
cuotas voluntarias para: sindicatos, fondos de empleados y cooperativas, préstamos
bancarios por libranza y otros.
APORTES A SEGURIDAD SOCIAL
Cuando hablamos de
trabajadores dependientes estamos hablando de asalariados, aquellas personas
vinculadas mediante contrato de trabajo.
En estos trabajadores,
la afiliación corre por cuenta de la empresa o empleador, y esta quien debe
realizar las respectivas cotizaciones al sistema, deduciendo previamente la
parte que le corresponde aportar al trabajador.
Afiliación al sistema de seguridad social
El trabajador elige la
EPS y el fondo de pensión al que desea ser afiliado. El empleador elige la ARL.
El empleador es el responsable tanto de la afiliación, desafiliación y pago de
las cotizaciones correspondientes.
Porcentajes o tarifas de los aportes
Los aportes a seguridad
social corresponden a Salud, Pensión y Riesgos Laborales, que serán aportados
de la siguiente forma:
Concepto
|
Empleador
|
Trabajador
|
Total
|
Salud
|
8.5%
|
4%
|
12.5%
|
Pensión
|
12%
|
4%
|
16%
|
Arl
|
0.522% a 6.960%
|
0%
|
0.522% a 6.960%
|
Estos porcentajes se aplican de acuerdo al INGRESO BASE DE
COTIZACIÓN
Base o ingreso de cotización a seguridad social (IBC)
El ingreso base de
cotización es el ingreso sobre el cual se hacen las cotizaciones al sistema de seguridad social en Colombia.
El
ingreso base de cotización no puede ser inferior a un salario mínimo ni mayor a
25 salarios mínimos.
IBC
= Total devengado (menos) Auxilio de
transporte
ACTIVIDAD No. 06
1.
Qué es una EPS y cuál es el objetivo
2. Qué diferencia hay entre
una EPS a una IPS
3.
En qué consiste los fondos de pensiones y para qué sirven
4.
Qué es una ARL
5.
Cree usted que es importante estar afiliado a una ARL por qué?
6.
Debe el trabajador
aportar algún valor para estar afiliado a la ARL?
7. El porcentaje de aportes
en riesgos laborales corresponden según el nivel del riesgo al que está
expuesto el trabajador en su puesto de trabajo. Complete
Riesgo
|
Tarifa
|
Actividades
|
8. Determina el pago para
salud y pensión de los siguientes trabajadores
TOTAL DEVENGADO
|
Aporte salud
Trabajador (4%)
|
Aporte salud
Empresa (8,5%)
|
Aporte Pensión
Trabajador
(4%)
|
Aporte Pensión
Empresa
(12%)
|
|
1
|
$2.500.00 con Aux. transporte
|
$95.886
|
$203.757
|
$95.886
|
$287.658
|
2
|
$ 2.620.000 sin Aux. transporte
|
$104.800
|
$222.700
|
$104.800
|
$314.400
|
3
|
$2.210.00 con Aux. transporte
|
||||
4
|
$ 2.330.000 sin Aux. transporte
|
||||
5
|
$2.850.000
sin Aux. transporte
|
||||
6
|
$2.620.00 con Aux. transporte
|
||||
7
|
$2.900.000
sin Aux. transporte
|
||||
8
|
$2.500.000
sin Aux. transporte
|
||||
9
|
$1.210.00 con Aux. transporte
|
||||
10
|
$1.280.00 con Aux. transporte
|
Desarrollo
Ejemplo 1: incluido auxilio de transporte
IBC= Total devengado – auxilio de transporte
IBC= $2.500.000
– $102.854 = $2.397.146
Ejemplo 2: sin auxilio de transporte
IBC= Total devengado – auxilio de transporte
IBC= $2.620.000
$2.397.146
$2.620.000
|
Aporte salud
Trabajador (4%)
2.397.146 * 4% =
$95.886
2.620.000 * 4% =
$104.800
|
Aporte salud
Empresa (8,5%)
2.397.146 * 8,5% =
$203.757
2.620.000 * 8,5% =
$222.700
|
Aporte Pensión
Trabajador (4%)
2.397.146 * 4% = $95.886
2.620.000* 4% =
$104.800
|
Aporte Pensión
Empresa (12%)
2.397.146 * 12% =
$287.658
2.620.000 * 12% =
$314.400
|
9. Consulta los
siguientes conceptos
a. Fondo de
solidaridad
b. Retención en la
fuente por salarios
c. Embargos
judiciales.
d. cuotas voluntarias
para
Ø sindicatos
Ø fondos de empleados
Ø aportes a
cooperativas
Ø cuotas por préstamos bancarios por libranza
Ø Deudas de empleados
a la empresa
NETO A PAGAR
Es lo que efectivamente recibe el trabajador.
El resultado de restar las deducciones al total devengado. Una vez calculado el
sueldo devengado y las deducciones, el empleador puede pagar la nómina a
sus trabajadores. ...
Neto
pagado = Total devengado – total
deducciones
SEMANA: MAYO 11 - MAYO 15 DE 2020
ACTIVIDAD No. 07
Completar el enunciado:
1. Documento en el cual un empleador relaciona salarios, deducciones, valor
neto pagado, aportes parafiscales y apropiaciones de los trabajadores que han
laborado en un periodo determinado, ya sea por semana, década, quincena o mes.
2. Asignación básica mensual que se le paga a un
trabajador
3. Tienen derecho a este concepto quienes devenguen un
salario fijo, igual o Inferior a 2 veces el S.M.L. V
4. Valores que se descuentan por salud, pensión, fondo de solidaridad y otros
descuentos autorizados por el trabajador
5. Dinero que, en concepto de paga, recibe
regularmente una persona de la empresa o entidad para la que trabaja.
6. Cantidad de tiempo que un trabajador realiza
adicional a su jornada de trabajo, que normalmente suele ser una jornada de
ocho horas
7. Algunas empresas dedicadas a las ventas, con el objeto de incentivar a sus
vendedores, les ofrecen un porcentaje sobre el valor total de las ventas
logradas
8. Tiempo que se trabaja
luego de la jornada laboral, y entre las 6 de la mañana y las 9 de la noche. se
paga con un recargo del 25% sobre el valor ordinario de la hora.
9. Tiempo que el trabajador labora un domingo o un festivo,
adicional a la jornada ordinaria (. 75%)
10. Valor que sale de la sumatoria de todos los pagos que se
le hacen al trabajador Salario, horas extras, auxilio de transporte, comisiones,
entre otros.
11. Es la hora laborada
de noche adicional a la jornada laboral ordinaria, sea esta la máxima legal o
la pactada entre las partes. Se entiende si está entre las 9 de la noche y las
6 de la mañana.
12. se da cuando se cumplen las siguientes
condiciones: Se trabaja en un domingo o festivo. Se trabajan más de
8 horas diarias si esa es la jornada ordinaria..
13. Trabajo que se hace para cumplir con su
jornada de 8 horas en la noche.
14. Es la cantidad mínima de dinero que se
le paga a un trabajador en un determinado país y a través de una ley
establecida oficialmente, para un determinado período laboral (hora, día o
mes), que los empleadores deben pagar a sus trabajadores por sus labores.
15. descuento que le hace la empresa al
trabajador como un derecho (sanidad) del 4% sobre los pagos por diferentes
conceptos durante el periodo laborado
16. Uno de los descuento que le hace la
empresa al trabajador como un derecho, destinado para su sostenimiento en el
tiempo cumplido a su vejez, del 4% sobre los pagos por diferentes conceptos
durante el periodo.
Las respuestas anteriores ubicarlas en
la sopa de letras
R
|
B
|
E
|
C
|
J
|
K
|
C
|
W
|
O
|
H
|
X
|
N
|
E
|
P
|
I
|
H
|
D
|
B
|
J
|
I
|
E
|
G
|
H
|
O
|
R
|
A
|
S
|
E
|
X
|
T
|
R
|
A
|
S
|
W
|
S
|
A
|
P
|
R
|
L
|
T
|
C
|
I
|
Q
|
M
|
L
|
U
|
T
|
O
|
I
|
R
|
A
|
L
|
A
|
S
|
N
|
U
|
F
|
A
|
A
|
S
|
A
|
R
|
F
|
I
|
Ñ
|
X
|
U
|
D
|
M
|
A
|
Y
|
O
|
U
|
B
|
E
|
X
|
C
|
U
|
G
|
E
|
R
|
E
|
H
|
S
|
Z
|
H
|
A
|
O
|
S
|
C
|
H
|
E
|
M
|
Ñ
|
P
|
I
|
M
|
B
|
E
|
F
|
G
|
M
|
S
|
I
|
F
|
O
|
N
|
E
|
P
|
I
|
L
|
G
|
N
|
R
|
N
|
L
|
X
|
P
|
L
|
A
|
O
|
Z
|
T
|
O
|
Y
|
G
|
R
|
E
|
P
|
D
|
F
|
K
|
O
|
I
|
L
|
I
|
D
|
I
|
O
|
N
|
N
|
D
|
N
|
N
|
C
|
I
|
U
|
U
|
O
|
S
|
J
|
K
|
M
|
Y
|
P
|
O
|
O
|
S
|
M
|
R
|
O
|
U
|
A
|
E
|
Q
|
B
|
I
|
K
|
T
|
A
|
Q
|
O
|
I
|
C
|
I
|
D
|
H
|
N
|
I
|
U
|
C
|
H
|
X
|
S
|
T
|
J
|
D
|
Q
|
A
|
C
|
D
|
X
|
N
|
N
|
S
|
E
|
J
|
Q
|
N
|
I
|
T
|
B
|
L
|
Q
|
F
|
U
|
A
|
Z
|
I
|
A
|
O
|
J
|
A
|
Z
|
B
|
T
|
G
|
K
|
I
|
D
|
U
|
K
|
A
|
O
|
W
|
R
|
R
|
W
|
R
|
T
|
Ñ
|
N
|
W
|
L
|
Y
|
R
|
H
|
X
|
M
|
A
|
R
|
A
|
X
|
J
|
Ñ
|
U
|
T
|
T
|
O
|
S
|
F
|
A
|
S
|
G
|
T
|
A
|
I
|
Z
|
O
|
R
|
N
|
S
|
D
|
P
|
N
|
Q
|
X
|
V
|
U
|
C
|
T
|
E
|
A
|
D
|
M
|
N
|
W
|
A
|
I
|
T
|
O
|
K
|
T
|
R
|
P
|
E
|
E
|
S
|
T
|
O
|
N
|
E
|
U
|
K
|
T
|
S
|
Ñ
|
S
|
R
|
X
|
A
|
M
|
S
|
E
|
A
|
K
|
A
|
D
|
H
|
P
|
P
|
L
|
M
|
F
|
O
|
P
|
Q
|
B
|
A
|
E
|
N
|
O
|
Y
|
R
|
L
|
Y
|
R
|
L
|
M
|
Y
|
A
|
Z
|
D
|
G
|
C
|
O
|
X
|
P
|
L
|
A
|
M
|
N
|
O
|
G
|
I
|
Ñ
|
O
|
C
|
X
|
S
|
N
|
T
|
L
|
Ñ
|
R
|
R
|
L
|
H
|
A
|
R
|
D
|
H
|
R
|
E
|
K
|
M
|
H
|
W
|
G
|
E
|
O
|
J
|
O
|
A
|
Z
|
T
|
F
|
A
|
S
|
O
|
A
|
C
|
O
|
A
|
N
|
R
|
U
|
T
|
C
|
O
|
N
|
A
|
R
|
T
|
X
|
E
|
A
|
R
|
O
|
H
|
SEMANA: MAYO 18 - MAYO 29 DE 2020
Quedo atenta a sus inquietudes
ResponderBorrarProfe, buena noche.
BorrarMe puede confirmar por favor si a la sopa de letras le faltan 2 renglones en la parte superior? Gracias. Feliz noche
si... ya lo corrijo
BorrarBuenos días profe, una pregunta, la solución de las actividades hay que enviárselas a algún correo o usted las revisa en el regreso a clases?
ResponderBorrarBuenas noches. Se revisa al regreso de clase. si tiene alguna duda con gusto te aclaro por acá.
ResponderBorrarEste comentario ha sido eliminado por el autor.
ResponderBorrarEste comentario ha sido eliminado por el autor.
ResponderBorrarBuenos días profesora, una pregunta 10-1 soluciona comisiones y la actividad 2?
ResponderBorrar10-1 a partir de la actividad 2 van 6 actividades y 10-2 a partir de la actividad 4 ya que las otras las tienen en el cuaderno
BorrarBuenos días profesora, una pregunta.
ResponderBorrarEn el punto 4 de la actividad 5, donde usted coloca que complementemos el tema con el vídeo,¿Debemos copiar algo del vídeo, o solo seria verlo para aclarar?
Buenos dias. Sólo es verlo para aclarar dudas
BorrarBuenas tardes. Favor ir enviando entre sus posibilidades hasta la actividad No. 05.
ResponderBorrarLas imágenes deben ir anexas a una hoja word. Colocar su nombre y grado
correo: jlarias1602@gmail.com
Hola profe, una pregunta, tiene que ser enviado anexado a word obligatoriamente?
ResponderBorrarBuenos dias, es para que me llegue un solo archivo y sea más fácil revisar por la cantidad de trabajos. Si no es posible entonces enviarlas como imagen
BorrarEste comentario ha sido eliminado por el autor.
ResponderBorrarprofe, buenas tardes o noches o días a la hora que lo este viendo buenas, es que en la actividad 6, pregunta 8, en la 1ra, 2da, 6ta, 9na y 10ma le falta como que un cero. voy a tomar de referencia la 1ra, en la primera dice 2.500.00, pero en el desarollo, ejemplo 1, ud coloca que eso es 2.500.000, entonces hay como seria. nos confundes...
ResponderBorrarcasilla 2.500
soy Santiago Molina de 10-1
BorrarBuenas tardes Santiago si les falta un cero( 0)
Borrargracias profe
Borrar